Jurisdicción civil
Procurador civil en Madrid
Juicios verbales y ordinarios, apelaciones, recurso de casación, ejecuciones y procedimiento monitorio ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid.
La jurisdicción civil es el ámbito donde se dirimen las controversias entre particulares y empresas que no tienen naturaleza penal, mercantil, laboral ni contencioso-administrativa. En ella el procurador tiene una presencia prácticamente constante: la Ley de Enjuiciamiento Civil exige, con carácter general, comparecer en juicio por medio de procurador.
En qué asuntos interviene el despacho
La práctica civil del despacho cubre juicios verbales y ordinarios, apelaciones, recurso de casación y ejecuciones de todo tipo, incluido el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, en los siguientes ámbitos:
Matrimonial
Separaciones, divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, medidas paterno-filiales, guarda y custodia, alimentos, liquidación del régimen económico matrimonial y procedimientos de filiación. En estos asuntos el procurador recibe y firma las notificaciones, presenta los escritos y comparece en las vistas, incluidas las que se celebran ante el juzgado de familia.
Contractual
Incumplimiento de contratos de compraventa, arrendamiento, obra, prestación de servicios y mandato. Reclamaciones derivadas de vicios ocultos, resolución contractual y resarcimiento de daños.
Reclamaciones de cantidad
Reclamación de deudas dinerarias ciertas, vencidas y exigibles, tanto por el cauce del procedimiento monitorio como mediante juicio verbal u ordinario en función de la cuantía. Cuando existe título ejecutivo, el despacho tramita directamente la ejecución.
Derecho de la persona
Capacidad, estado civil, tutela, curatela y demás instituciones de protección, así como los procedimientos sobre derechos de la personalidad.
Ejecuciones: hacer efectivo lo que ya se ha ganado
Una sentencia favorable no es el final del procedimiento. El despacho tramita ejecuciones de todo tipo —de títulos judiciales y extrajudiciales—, los requerimientos de pago, el embargo de bienes y derechos, las actuaciones de localización patrimonial y la realización de los bienes embargados.
La ejecución es una fase técnicamente exigente y con plazos propios. Mantener el mismo procurador desde la demanda hasta la ejecución evita pérdidas de información y duplica innecesariamente los trámites.
Algunas cuestiones frecuentes
La excepción de los 2.000 euros. La ley permite a los litigantes comparecer por sí mismos en los juicios verbales determinados por razón de la cuantía que no superen los 2.000 euros, y en la petición inicial del monitorio. Es importante entender que esa excepción no se aplica cuando el juicio verbal viene determinado por razón de la materia: en ese caso el procurador es preceptivo con independencia del importe.
No comparecer tiene consecuencias. Si el procurador no acude a una vista, el juzgado tendrá por incomparecido al cliente aunque este se encuentre presente en la sala. Por eso la asistencia a todas las diligencias y actos del pleito es una obligación esencial e indelegable del procurador.
Por qué un despacho especializado en procura
El despacho ejerce exclusivamente la procura: no asume la dirección jurídica del asunto, que corresponde al abogado. Esa especialización permite dedicar todos los recursos a lo que realmente aporta valor en la representación procesal —la diligencia en los trámites, la puntualidad en los plazos y el conocimiento directo de los juzgados— y trabajar de forma coordinada con el letrado que dirija el caso.
¿Tiene un asunto civil en Madrid?
Presupuesto previo detallado, sin compromiso y conforme al RD 434/2024.